La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó hoy la normativa que determina los requisitos de autorización y otros elementos relativos a la operación que deben cumplir los Administradores de Cámaras de Compensación de Pagos de Bajo Valor.
Las Cámaras de Compensación de Pagos de Bajo Valor son infraestructuras de mercado financiero reguladas a través del Capítulo III.H.6 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile.
Dicha normativa, otorga atribuciones a la CMF para fiscalizar a los administradores de cámaras de bajo valor y establecer requerimientos para su funcionamiento.
La norma que se publica hoy establece los requisitos para la autorización de existencia, en el caso de que se constituyan como sociedades anónimas especiales, y de funcionamiento. Además, detalla la información que deben entregar estas instituciones con el fin de mantener una correcta supervisión y fiscalización por parte de la CMF.
Asimismo, esta norma entrega lineamientos sobre los planes de gestión de riesgos de los administradores.
Entre éstos destaca la gestión de riesgo operacional, lo que incluye el manejo de incidentes de ciberseguridad, gestión de continuidad del negocio y aspectos de gestión de activos tecnológicos.
Finalmente, un aspecto relevante de la norma es la definición de los criterios para realizar la validación periódica de los requisitos de capital y liquidez dispuestos por la mencionada regulación del Banco Central.