La recaudación tributaria en Chile es de un 20,7% del PIB; los países hoy desarrollados recaudaban un 34% del PIB cuando tenían el mismo ingreso per cápita (Accorsi y Sturla, 2020; OCDE, 2020). Nuestra estructura de recaudación se basa en impuestos indirectos, al consumo, 55% de los ingresos fiscales; los países de la OCDE la basan en impuestos directos, los impuestos al consumo representan un 32% (OCDE, 2020). Además, el 1% de los adultos concentra un 35% de los ingresos (Prieto, 2020) y un 47% de la riqueza neta privada total (López y Sturla, 2020; Credit Suisse, 2020). Y, desde 1990, la participación del 1% más rico en el ingreso se ha mantenido estable (WID, 2020). El coeficiente de GINI corregido por ganancias provenientes del capital y utilidades retenidas no ha cambiado (Díaz, Gutiérrez y Tapia, 2020).

La evasión y elusión tributaria, sin considerar Aduanas, alcanza un 7,6% del PIB (US$ 21.000 millones). Mientras que el promedio en los países de la OCDE es de 3,2% (Bhuen y Scheider, 2016).

Dicho lo anterior, en Chile no existe una norma general antielusiva basada en estándares OCDE, lo cual dificulta la fiscalización por parte del SII y Aduanas, lo que, sumado a la falta de personal técnico-administrativo en estos organismos, explica la elevada evasión y elusión.

Hoy existen tres propuestas concretas de impuesto a los altos patrimonios, dos de forma permanente (López y Sturla, 2020; Gutiérrez y Flores, 2021) y una de forma transitoria (Proyecto de Ley). Las dos primeras propuestas plantean el tributo como una medida necesaria, mas no suficiente, para aumentar la recaudación (0,8 – 1,8% del PIB), disminuir las desigualdades, incentivar la productividad de la riqueza y mejorar el control de la evasión y elusión en base al conocimiento del patrimonio de los contribuyentes de mayor riqueza.

La tercera responde a la contingencia, busca un aporte por parte de quienes están en condiciones de hacerlo para enfrentar las enormes necesidades económicas de la población, el incremento de las desigualdades y el aumento de la pobreza y vulnerabilidad de muchos hogares. El proyecto de ley ha incluido esta semana, para los años 2020 y 2021, el término de la exención del impuesto a las ganancias de capital y el aumento del impuesto corporativo para empresas con ventas superiores a un millón de UF (US$ 40 millones), siempre apuntando a quienes tienen y pueden más.

Algunos de quienes estamos a favor de un impuesto permanente al patrimonio hemos sido claros respecto de sus dificultades, de la necesidad de un buen diseño y de las medidas complementarias requeridas para evitar problemas que han presentado en algunos países, para así lograr los objetivos planteados. También hemos reconocido las diferencias fundamentales con un impuesto transitorio (López y Sturla, 2020).

El proyecto de ley que se votará en el Congreso tiene un alto respaldo de la ciudanía (CELAG, 2020) y de la mayoría de los parlamentarios; se trata de una decisión política. Varios hemos aportado a la discusión para perfeccionar el proyecto original, y sin duda ha mejorado. Ojalá los técnicos que se han opuesto puedan aportar desde sus críticas (la mayor parte de ellas asociadas a la implementación) y conocimientos en la materia, para que este proyecto, que avanza rápidamente en el Congreso, pueda minimizar efectos no deseados, que, por cierto, no están ausentes en ningún tributo existente en Chile.

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