Un conflicto en tribunales mantiene el Servicio de Impuestos Internos (SII) y Walmart Chile. La mayor operadora de supermercados reclama la devolución de $4.814 millones en IVA pagado en “exceso” luego de su último proceso de reorganización.

Se trata de un conflicto tributario emblemático por el monto y la historia de la gigante estadounidense en Chile, que arribó a nuestro país luego de cerrar un acuerdo con los hermanos Nicolás y Felipe Ibáñez Scott para adquirir una participación mayoritaria de D&S en diciembre de 2008.

Tres años después de la compra, la norteamericana puso fin al uso de múltiples razones sociales y estructuró cada uno de sus formatos de supermercado bajo una única sociedad. Las divisiones que operan en otras industrias pasaron a llamarse Walmart Chile Servicios Financieros S.A. y Walmart Chile Inmobiliaria S.A. Todos los locales Hiper Líder cambiaron su logo y nombre a Líder. El proceso involucró la fusión de Walmart Chile Comercial Ltda. con Walmart Chile Comercial S.A. y en paralelo Comercial S.A. pasó a ser absorbida por Comercial Ltda.

Hoy las repercusiones tributarias del mayor reordenamiento de Walmart en Chile, sigue siendo motivo de división con el Servicio de Impuestos Internos y el conflicto se ventila por estos días en dos sedes: Corte Suprema y Corte de Apelaciones de Santiago.

La causa que se debate en la Corte Suprema que involucra $1.231 millones debe ser puesta en tabla para que sean escuchados los alegatos. A finales de mayo, la abogada integrante del máximo tribunal del país, Carolina Coppo, y el magistrado Mario Gómez Montoya manifestaron causales de inhabilidad. La primera apuntó a lazos de “amistad y estrecha familiaridad” con el juez Jaime Balmaceda del tribunal de alzada capitalino. Mientras que el segundo, dijo afectarle la causal del artículo 19 N° 3 inciso 6° de la Constitución Política de la República, respecto de Walmart Chile Ltda.

Mientras que la causa que está en discusión en la Corte de Apelaciones de Santiago está recién comenzando. Este último caso surge por un recurso de reposición que presentó el abogado Juan Pablo Cabello en representación de la estadounidense en el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana y exige la devolución de $3.582 millones.

Fuentes cercanas a Walmart explicaron que este tipo de diferencias son muy usuales entre empresas que acumulan al año una elevada facturación y, posteriormente, solicitan a la autoridad tributaria una devolución. No es una estructura atípica y en agosto de 2017, el SII implementó un control electrónico que significó un mayor tratamiento y manejo automático de la tributación de las grandes empresas. Anteriormente estos procesos se realizaban de forma manual y los conflictos de este tipo comenzaron a disminuir.

Todo comenzó cuando el 14 de marzo de 2015, Walmart Chile Comercial Ltda solicitó la devolución de los tributos pagado en “exceso”, ascendente a la suma de $1.231.822.490. Esto luego que el 24 de noviembre de 2015, el SII a través de la Resolución Nº 171/15 rechazó la petición de restitución “en virtud del carácter personalísimo de los créditos a favor de aquellos que los generan”.

Sin embargo, la multinacional estadounidense no se quedó de brazos cruzados y decidió lanzar una nueva arremetida en tribunales y ha logrado por ahora que le den la razón, puesto que en abril de este año el SII presentó una casación para revertir dos sentencias desfavorables.

En su presentación, la abogada Magdalena Salgado, del Departamento Jurídico de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, acusó que la sentencia del tribunal de alzada incurrió en “graves en infracciones de ley, al haber efectuado una errónea calificación jurídica de los hechos de la presente controversia”.

Toda sociedad que deja de existir, como en el caso de Walmart Chile Comercial S.A., pone término a su giro, cosa distinta es si la sociedad que pone término a su giro por la disolución de la misma producto de haber sido absorbida por otra en un proceso de fusión debe o no dar aviso de este ante el Servicio de Impuestos Internos.

Según el SII “la sociedad que absorbió declaró un menor crédito fiscal al que tenía derecho, debido a la falta de registro oportuno de débito fiscal soportado en ciertas facturas, lo que produjo una diferencia de crédito fiscal entre los periodos señalados y que correspondía al IVA efectivamente soportado, influyendo en el remanente de crédito fiscal de dichos períodos, lo que produjo una supuesta diferencia entre la suma a pagar de IVA en el periodo julio 2012, contenida en el Formulario 29”.

Por medio de una declaración pública, Walmart Chile explicó a La Tercera que “se trata de un proceso de los años 2011 y 2012 en el que Walmart está pidiendo la devolución de IVA pagado en exceso y se realiza a través de las instancias que se definen en el marco legal correspondiente”.

Las razones del servicio

Según el SII el argumento por el cual se denegó la devolución tributaria no apunta a la correcta o incorrecta declaración del IVA, en la cual se encuentra la motivación de fondo de la solicitud, sino expresamente a quien es el sujeto que lo solicita. Ello en atención a que el legislador ha sido meridianamente claro respecto a cuál es el tratamiento que puede darse a aquellos remanentes de crédito fiscal IVA, que precisamente son de origen de la solicitud de devolución presentada por Walmart Chile Comercial Ltda. En sencillo, para el servicio, después de la fusión desapareció la declarante de IVA original y, por lo tanto, no existe una deuda.

Por otro lado, el SII “siempre cuestionó que efectivamente haya habido un pago en exceso de impuestos, es decir, nunca se dio por acreditado que haya habido un pago en exceso que justificara una posible devolución. De hecho, siempre se afirmó que dicho pago en exceso sostenido por el reclamante era más bien presunto, puesto que nunca se aportaron antecedentes que permitieran tenerlo por afirmado”.

A tal punto llegaron las diferencias que el caso continuó tramitándose en la justicia. El 6 de junio de 2019, el Servicio de Impuestos Internos presentó una apelación a la sentencia de primera instancia que dictó el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que determinó acoger la reclamación de Walmart Chile Comercial S.A.

En esa misma línea, el 4 de marzo de 2021, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que los argumentos vertidos por el SII “no logran desvirtuar lo que viene decidido por el tribunal a quo, de manera tal, que corresponde mantener la decisión de primera instancia, sobre todo si se tiene presente que la decisión de omitir recibir la causa a prueba no fue objeto de recurso alguno por las partes”.

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