Con el objeto de contribuir al desarrollo del mercado financiero, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que fue publicada para comentarios del mercado, una propuesta normativa que permite ampliar los instrumentos financieros que pueden ser depositados en empresas de depósito de valores regidos por la Ley N°18.876.

A través de esta propuesta normativa las empresas de depósitos de valores que actualmente pueden custodiar valores, sean o no de oferta pública, podrán custodia también otros bienes, documentos y contratos definidos por la norma de la CMF.

Al respecto, se propone que los instrumentos financieros susceptibles de ser depositados en depósitos de valores incluyan:

– Facturas

– Títulos representativos de productos que puedan transarse en bolsas de productos regidas por Ley N°19.220

– Concesiones acuícolas, mineras o de otro tipo; permisos medioambientales y los certificados que acrediten    el dominio de los derechos emanados de esas concesiones o permisos.

– Certificados de depósito a la vista o menores de 360 días;

– Cartas de crédito stand by emitidas por bancos con clasificación de riego al menos A o equivalente;

– Boletas Bancarias emitidas por bancos locales o extranjeros, y contratos derivados.

Se estima que esta propuesta normativa contribuirá a extender los beneficios del modelo de custodia centralizada a otros tipos de operaciones financieras. En particular, se espera que al facilitar la custodia de facturas se pueda fortalecer los mecanismos de negociación de facturas en bolsas de productos, contribuyendo de este modo al acceso a financiamiento para las pequeñas y medianas empresas.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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