La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó en particular y despachó a la Sala, el proyecto de ley que tiene como objetivo extender la vigencia del permiso postnatal, durante la emergencia sanitaria derivada del coronavirus.
En la oportunidad, se analizaron las indicaciones a la normativa, originada en tres mociones presentadas de manera transversal, que fue aprobada por la instancia el pasado jueves en su idea de legislar.
El debate estuvo centrado en la constitucionalidad de la iniciativa, considerando que se trata de una norma que irroga gastos, tema de exclusiva potestad del Ejecutivo.
De hecho, la semana pasada se había acordado la conformación de una mesa técnica con la participación de la Dirección de Presupuestos y el Ministerio de Hacienda para avanzar en la viabilidad del proyecto, sin embargo la Comisión solo recibió un documento con un cálculo estimativo del costo fiscal que la ley implicaría.
En virtud de ello, se sometió a votación el articulado del texto, el que fue aprobado en su mayoría, quedando en condiciones de ser visto por la Sala, pese a que parte de los integrantes de la oposición solicitaron que el proyecto pase a la Comisión de Hacienda, punto que, finalmente, no fue acogido.
Cabe recordar que las tres iniciativas que dieron origen al texto en trámite son las siguientes:
– Proyecto que modifica el Código del Trabajo para extender transitoriamente el permiso postnatal parental, hasta el cese del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, decretado con motivo de la expansión de la enfermedad Covid-19 (boletín 13.364).
– Proyecto que modifica el Código del Trabajo, para extender la duración del permiso postnatal que venza durante una emergencia sanitaria declarada por la autoridad competente, con ocasión de una pandemia y mientras subsista tal declaratoria (boletín 13.376).
– Proyecto que modifica el Código del Trabajo para extender la duración del permiso post natal y el fuero maternal, cuando su vigencia o ejercicio coincida con la declaración de un estado de excepción constitucional (boletín 13.384).
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia