El texto aprobado incluye una norma que grava el retiro de los fondos retirados. Así constituirán renta para todos los efectos legales, con la excepción de aquellas personas que tributen en los primeros tres tramos de la ley de impuesto a la renta (menos de 2,5 millones de pesos aproximados) y cuando los recursos retirados sean superiores a 35 UF.
Para estos efectos, la instancia propuso que el cálculo de la remuneración y renta imponible corresponderá al promedio de las últimas 12 remuneraciones y rentas declaradas en el sistema en los últimos 10 años.