Dicho archivo es necesario para determinar el índice de importancia sistémica de los bancos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Capítulo 21-11 “Factores y metodología para bancos o grupo de bancos calificados de importancia sistémica y exigencias que se podrán imponer como consecuencia de esta calificación”.
Esta normativa, que fue publicada el 2 de noviembre del 2020, tiene como objetivo la identificación de bancos sistémicos y la determinación de exigencias adicionales para estas instituciones, en línea con lo establecido en el artículo 66 quáter de la Ley General de Bancos (LGB) y con el último acuerdo del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (Basilea III).
En este archivo se informarán los factores del índice que determina el grado de importancia sistémica de un banco, asociado a su relevancia para el funcionamiento del sistema financiero local que tendría su deterioro financiero o eventual insolvencia.
Entre los factores se encuentran el tamaño, la interconexión con otras entidades financieras, el grado de sustitución en la prestación de servicios financieros y la complejidad de su modelo de negocios y estructura operativa.
El archivo estuvo en consulta entre el 2 de noviembre y el 2 de diciembre del 2020. Tras la revisión de los comentarios de la industria se ajustaron las descripciones asociadas a los subfactores, necesarios para la construcción del índice, ofreciendo un mayor grado de detalle.
El día 1 de febrero de 2021 los bancos deberán enviar la información mensual correspondiente al año 2020 (12 meses) de manera extraordinaria a través del sistema ESI (Envío Seguro de Información), para efectos de la primera identificación de los bancos de importancia sistémica en marzo de este año. Luego, dentro de un plazo de 9 días hábiles, todos los bancos deberán remitir la información mensualmente a la CMF, partiendo el mismo mes de febrero con la información referida a enero de 2021.