Los senadores se encuentran debatiendo los alcances del protocolo al que debería suscribir cada empresa. Se espera que, en una próxima sesión, concluya la votación de las mejoras al texto presentadas.
Concluyendo la revisión de las indicaciones presentadas al proyecto que dispone medidas de protección para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la crisis sanitaria por COVID-19, se encuentran los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
La norma que refunde dos mociones y apunta a regularizar las actividades productivas cuando las condiciones sanitarias lo permitan, siempre bajo estrictas medidas que eviten cualquier contagio de Coronavirus.
En la última sesión, los congresistas analizaron las indicaciones pendientes, las que corresponden a una de las versiones del texto, en primer trámite, presentado por el Ejecutivo en la persona del Subsecretario del Previsión Social, Pedro Pizarro.
Cabe señalar que, en jornadas previas, la instancia escuchó la opinión del presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile (CONAPYME), Héctor Sandoval; y del presidente de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), Alejandro Steilen.
De acuerdo a lo manifestado por el presidente de la Comisión, el senador Juan Pablo Letelier, se espera someter a votación las disposiciones pendientes en los próximos días de manera de despachar a la Sala esta iniciativa.
Cabe consignar que la premura pasa por la implementación del plan Paso a Paso. Éste ha llevado a algunas comunas a avanzar hacia el total desconfinamiento, por lo que paulatinamente algunas actividades han comenzado a operar, tales como, el comercio y restorantes. Hoy, esos trabajadores se encuentran siguiendo las disposiciones generales de la autoridad sanitaria como es el uso de mascarillas, el lavado de manos frecuente y el distanciamientos social, en la medida que la naturaleza de la labor lo permita.
Temas en Debate
– Se acordó que la ley estará vigente mientras dure la alerta sanitaria por COVID-19. El actual decreto en curso vence en enero del 2021. Esta propuesta fue aprobada por tres votos a favor (senadores Letelier, Muñoz y Goic) y uno en contra (senadora Van Rysselberghe).
Luego se analizaron otros artículos, pero se postergó su votación. Éstos dicen relación con las siguientes ideas:
– Las empresas estarían obligadas a generar un protocolo de seguridad sanitario laboral conforme a las directrices de la autoridad sanitaria, en el que deberían participar los trabajadores a través de los Comités Paritarios o el departamentos de Prevención de Riesgos, y de no existir éstos, podrán participar los sindicatos o comités ad hoc.
– Los organismos administradores del seguro de la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (las mutuales del trabajo), dentro de 6 días hábiles después de publicada la ley, deberán elaborar un protocolo tipo. Éste será analizado con los trabajadores, cuando se trate de empresas que no cuenten con Comité Paritario, Comisión ad hoc, Sindicatos o departamento de Prevención de Riesgos.
– Cuando existan diferencias de criterios entre los trabajadores, la Dirección del Trabajo (DT) deberá dirimir dicho protocolo.
– Cuando una empresa tenga y cumpla con su protocolo, y si ocurre que uno de sus trabajadores presenta COVID 19, ésta no será responsable del contagio. Si la empresa no tiene o no cumple con el protocolo al que suscribió, y si alguno de sus trabajadores enferma de COVID 19, el afectado podrá presentar querellas y demandas asociadas.
– Cuando se trate de trabajadores de grupos de riesgo, éstos deben volver a sus labores privilegiando el trabajo a distancia, y de no poder, éstos deberán cumplir labores presenciales sin tener contacto con el público en general.
– Todos los empleadores estarán obligados a contratar un seguro COVID 19.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia