El pasado 31 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial el reglamento del Registro Electrónico Laboral, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 515 del Código del Trabajo.
Este reglamento regula el nuevo registro electrónico laboral, denominado REL, el que constituye una herramienta simplificada y más eficiente para superar las falencias técnicas con motivo del cumplimiento de la ley 21.237 cuyo objeto es Modernizar las actuaciones ante la Dirección del Trabajo.
Los que nos dedicamos a estas materias, pudimos constatar por meses, la imposibilidad de cumplir las obligaciones básicas de registro de contratos de trabajo, por falencias técnicas graves del sistema.
El nuevo REL es una herramienta más tecnológica y que permite:
● Registro de Contrato de Trabajo
● Registro de Anexo de Contrato de Trabajo
● Registro de Termino de Contrato de Trabajo
● Registro de Comité Paritario
● Libro de Remuneraciones electrónico
● Registro de Comité Bipartito de Capacitación