Por medio del Oficio N° 2713 del 23 de noviembre de 2020 la sesión de la opción de compra que haga un contribuyente a un tercero no se encuentra gravadas con IVA.

Indicó el órgano fiscalizador que en un contrato de arrendamiento con opción de compra, la cesión a un tercero del derecho a ejercer dicha opción no se encuentra afecta a IVA, en tanto el objeto de la convención es un bien incorporal, consistente en un mero derecho personal, que no reúne los requisitos del hecho gravado venta definido en el artículo 2°, N° 1°), de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (DL N°825), para afectarse con el tributo en comento.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

1 comment on “Aclaran que cesión de la opción de compra a un tercero no se encuentra gravada con IVA

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