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En la actualidad, Chile mantiene suscritos con 45 países, acuerdos internacionales para evitar la doble tributación, siendo posiblemente los más importantes, los suscritos con Argentina, España, México, Brasil, China, Canadá, entre otras naciones.
Someramente, podemos señalar que estos tratados son instrumentos jurídicos internacionales, cuyo objetivo es eliminar y disminuir la doble tributación internacional que se produce, cuando cada país, aplica su ordenamiento tributario interno, al intercambio de bienes, servicios como asimismo, con el movimiento de capitales, tecnologías, y personas, derivados de la globalización.
En general, este propósito se logra, a través de 3 formas:
● Concediendo potestad tributaria exclusiva a uno de los estados contratantes para gravar las rentas o el patrimonio, ya sea al Estado donde la empresa o persona tienen su domicilio, o al Estado donde la renta se origina.
● Concediendo potestad tributaria a ambos Estados Contratantes, estableciendo una tasa límite con la cual el Estado de la Fuente puede gravar las rentas.
● Se establece una norma a través de la cual los Estados Contratantes se comprometen a evitar la doble tributación, en los casos en que una renta se encuentre gravada por ambos Estados, a través del otorgamiento de créditos o exenciones por los impuestos pagados en el otro Estado.
En relación a Estados Unidos, se debe señalar que ya desde el año 2010, ambos países manifestaron su intención de suscribir un acuerdo para eliminar la doble tributación entre ambos países, y se debe señalar que el texto de dicho tratado, ya fue aprobado por el Congreso chileno en el año 2015. Sin embargo, no ha ocurrido lo mismo con el Congreso estadounidense, traba que se espera que desaparezca este próximo mes de junio, oportunidad en la cual es posible que el tratado, se apruebe, pero con indicaciones, en la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.
Sin embargo, este avance, lamentablemente, no significa que este tratado pueda ver próximamente la luz, ya que, aunque sea probado por la Comisión de relaciones Exteriores del Senado de Estados Unidos, luego debe pasar al pleno y una vez aprobado ese texto tendrá que votarse nuevamente en nuestro congreso, ya que esta nación ha incluido modificaciones importantes que deben conocidas y aprobadas por Chile.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

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