
¿Sabe usted quiénes son los “Vivos” y de qué viven?
Vivimos en un sistema democrático, pero algo no anda bien. Llevamos años estancados, repitiendo errores, esperando cambios que nunca llegan y líderes inexistentes. Y, mientras tanto…
La Ley N°21.420 introdujo diversas modificaciones a la tributación del IVA en los servicios. Ante ello, un contribuyente consultó si se encuentra afecta a IVA una empresa de asesorías profesionales en economía, estudios de mercado y estrategias, entre otros, las cuales se materializan por medio de la entrega de informes.
Por medio del Oficio N°1677 del 25 de mayo de 2022 el Servicio de Impuestos Internos (SII), indicó que el N° 2°) del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) define “servicio” como la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N° 3 o 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
En el caso analizado, las prestaciones descritas consistirían en asesorías profesionales, las cuales, y según reiterada jurisprudencia administrativa del SII, no se gravan con IVA por no encontrarse comprendidas en los números 3 o 4 del artículo 20 de la LIR, sino que en el N° 5 del referido artículo, en la medida que consistan única y exclusivamente en la realización de estudios que representen la opinión de técnicos o profesionales del área y que se traduzcan en consejos o informes escritos.
No obstante, el SII hace presente que el N° 1 del artículo 6 de la Ley N° 21.420 modificó el párrafo primero del N° 2°) del artículo 2° de la LIVS, eliminando la referencia a los números 3 y 4 del artículo 20 de la LIR, razón por la cual, a contar del 1° de enero de 2023 – fecha en que entra en vigencia la modificación referida de acuerdo al artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420 – los servicios de asesorías profesionales se encontrarán gravados con IVA, a menos que sean prestados por una sociedad de profesionales.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación
Vivimos en un sistema democrático, pero algo no anda bien. Llevamos años estancados, repitiendo errores, esperando cambios que nunca llegan y líderes inexistentes. Y, mientras tanto…
De la automatización a la inteligencia: cómo la integración digital está transformando la contabilidad, las remuneraciones y la gestión empresarial.
La contabilidad ya no se registra…
En el mundo empresarial de hoy, las planillas de cálculo son omnipresentes, pero también el lugar donde la realidad puede estirarse y moldearse al antojo de quien las maneja. Ajustar cifras, sumar…
En el mundo empresarial, la tecnología ha evolucionado para optimizar procesos y generar eficiencia. Los ERP (Enterprise Resource Planning) han liderado este camino, integrando áreas como…
Vivimos en la era de los datos. Se dice, con razón, que los datos son el nuevo petróleo. Sin embargo, hay un tipo de datos más valioso que todos los demás, porque resume, registra y proyecta…
Últimos comentarios
Pucha Jorge, comentario corto pero preciso, al cayo, a la triste realidad. Esto lo he entendido desde hace bastantes años…
Que gran verdad, Jorge. Eso me recuerda algo que escuché por ahí y decía algo más o menos así..."ahora los…
La verdad, es que me parece poco convincente que el ser humano sea el resultado de la casualidad (como propone…
Por fin salió a la luz, gran articulo.... es tan fácil comprar una licencia, pero en realidad todo esto para…
Buenos días, me parece una muy buena reflexión basada en principios básicas que generalmente se tiende a no considerarlos, lo…
3 comments on “Los servicios de asesorías y su tratamiento en el IVA”
Me queda una duda respecto a mi situacion tributaria respecto si desde 1 enero 2023 estaré afecto a incluir por mis servicios el iva, así como pagar iva nensual descontando iva de compras. Soy persona natural que presto servicio de asesoria tecnica y administrativa al mandante ministerio de obras públicas, en las obras que este ente fiscal realiza a traves de sus contratistas. La asesoria que realizamos al mop, a parte de los informes que le entregamos, requiere recursos tales como profesionales del área, equipos de computacion, vehículos, instrumentos de medición. Como indique soy persona natural con profesion ingeniero civil, no una sociedad de profesionales. Debo pagar iva? Hice una pregunta via web al sii hace 2 semanas y me contestaron ”
En estos momentos no tenemos información relativa al tema en cuestión”
Eduardo Yáñez
Las personas individuales así como las empresas individuales, de acuerdo a la interpretación del SII, no pueden tributar con las normas de primera categoría en calidad de servicios profesionales o sociedad de profesionales respectivamente, por tanto si da boletas de honorarios solo tiene la opción de utilizar el 30% de sus ingresos como gasto presunto. Si tributa como empresa de asesoría y daba factura exenta, ahora deberá facturar con IVA.
Estimadísimo. Las personas naturales que prestanservicios, y emiten boletas de honorarios, siguen tal cual, es decir, no están afectas a IVA.