El Servicio de Impuestos Internos informó a través de su portal institucional que las declaraciones de IVA correspondientes a los meses de octubre y noviembre podrán realizarse hasta el 20 de enero de 2020, sin ningún tipo de multas o recargos. La medida también incluye a los no facturadores electrónicos, que tienen que declarar y pagar el IVA correspondiente a diciembre, el 12 de enero.
Según el comunicado esta medida busca facilitar la declaración mensual para personas, micro, pequeñas y medianas empresas que se han visto afectadas por la situación que vive el país. Adicionalmente, permitir que aquellas que cumplan los requisitos puedan acogerse a los nuevos beneficios que entrega la ley de apoyo a la Pyme, cuando esta se encuentre publicada en el Diario Oficial.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia