A través de la reforma a la Ley General de Bancos promulgada en 2019, se permitió a los bancos, previa autorización de la CMF, emitir bonos sin plazo fijo de vencimiento o “bonos perpetuos” los que podrán calificar como capital regulatorio. Cabe recordar que esta reforma permitió adoptar en Chile de los estándares de solvencia bancarios de Basilea III.

Complementariamente a esta reforma a la legislación bancaria, se modificó el marco legal que rige a los Fondos de Pensiones (DL 3500), permitiendo que estos puedan invertir en los referidos bonos perpetuos, facultando al BCCh para determinar los límites para este tipo de inversiones, el cual no podrá superar el 5% del valor del Fondo de Pensiones, para cada Tipo de Fondo A, B, C, D y E.

La principal característica de estos instrumentos financieros es su naturaleza híbrida, que combina características de instrumentos de deuda y de capital, lo que corresponde a una innovación en el mercado de capitales chileno ofreciendo una oportunidad adicional de diversificación de portafolios.

Específicamente, la propuesta del BCCh consiste en aplicar los límites de inversión en bonos sin plazo fijo de vencimiento emitidos por empresas bancarias según el perfil de riesgo global de los tipos de fondos. Los límites máximos propuestos son: 5% para los Fondos Tipos A y B; 2% para el Fondo Tipo C; mientras que para los Fondos Tipos D y E el límite quedaría establecido en 0% del Fondo de Pensiones respectivo.

Esta iniciativa será sometida a consulta pública por un período de un mes, a partir del 27 de agosto de 2021 a fin de recabar comentarios de interesados y del público en general.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

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