Efectivamente los dos "defectos de origen" que se mencionan, son los que no permiten que su uso sea masivo...a al…
Bitácora Laboral
12.02.2022
¿Cuáles son las condiciones para el teletrabajo?

La Dirección del Trabajo en Ord. N°191 del 1 de febrero 2022 la Dirección del Trabajo analizó las condiciones para que se implemente el teletrabajo o trabajo a distancia.
Indicó que la implementación del trabajo a distancia o teletrabajo, en el contexto de la Ley N°21.342, depende de las condiciones específicas que asisten al trabajador involucrado, por lo tanto, no resulta ajustado a derecho establecer una calificación ex-ante de empresas exceptuadas de la aplicación del artículo 1° de la ley referida.
Añadió que se entenderá que se trata de funciones que, por su naturaleza, pueden ser presentadas a distancia o mediante teletrabajo, todas aquellas en que el o la trabajadora no requieren de manera indispensable su presencia física, debiendo hacer presente que, en dicha circunstancia, el empleador debe adoptar todas las medidas de resguardo y protección que garanticen el normal desempeño de las funciones que les corresponde desarrollar a los trabajadores, recayendo sobre él el riesgo de la empresa, vale decir, el resultado económico favorable, menos favorable o adverso de su gestión.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
Últimos comentarios
Señores: Muchas gracias por su publicación, es de gran ayuda.
Gracias por oficio comentado, muy importante para los clientes.
Felicitaciones por su nueva empresa, tal como señalan en el punto 4) significara la cesantia acelerada para cientos de contadores.
Muy claro y preciso, lo expresado en un leguaje simple sobre la temática relacionada con el Impuesto a Herencia y…