
Sin verdad económica, no hay futuro
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El 8 de abril de 2022 se publicó la Circular N°14 que informó el porcentaje de reajuste a aplicar a los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el año tributario 2022, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Así indicó que, atendido que la variación del Índice de Precios al Consumidor comprendida entre el mes de noviembre del año 2021 y el mes de marzo del año 2022, correspondió a un 4,2%, los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el presente año tributario 2022 (hasta el 2 de mayo del año 2022), en aquella parte no cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales mensuales efectuados durante el año 2021, deberán reajustarse en dicho porcentaje (4,2%), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Por lo tanto, en la primera columna de la línea 92 del Formulario N° 22, se debe registrar como valor 4,2%.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
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Estimado, sus palabras no pueden ser más acertadas. Atentamente. Patricia.
Totalmente de acuerdo.
La verdad sea dicha, mientras existan profesionales que se dejen manipular para presentar EEFF irregulares, cualquier sistema que se invente…
Es muy cierto lo que usted describe, pero el o los culpables no son los que emiten informes en planillas;…