El primer cambio que debemos analizar, corresponde a la reducción de jornada de 45 a 44 horas semanales, circunstancia que debe ser aplicada a todos los trabajadores sujetos a jornada de trabajo ordinaria en Chile, modificación que se sugiere sea implementada a través del correspondiente Anexo de Contrato de Trabajo. Para ello debe definir dentro de su empresa, de qué manera se van a ajustar sus procesos internos a esta nueva jornada, lo que dependerá de múltiples factores, tales como la naturaleza de las operaciones o negocios. Para algunos empleadores, quizás será sencillo simplemente ajustar la jornada en algunos minutos diarios, para completar la disminución semanal, mientras otros puede que prefieran adoptar que la disminución se ejecute en un sólo día a la semana.
Sin embargo, se debe tener presente que la propia ley señala que las modificaciones derivadas de su aplicación -referidas a la rebaja de la jornada de trabajo- se entenderán incorporadas a los contratos individuales, instrumentos colectivos y reglamentos internos por el solo ministerio de la ley, sin que sea necesaria su adecuación para que los cambios produzcan sus efectos.