La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio próximo quienes se encuentren pensionados en la modalidad de retiro programado y renta temporal experimentarán un recálculo de monto de sus pensiones durante el período, proceso que involucrará a unas 174.500 personas.
De ese universo, 121.400 pensionados no percibirán cambios en el monto de su pensión, debido a que éstas reciben algún tipo de garantía por parte del Estado.
En el caso de otros 42.500 pensionados, el recálculo se traducirá en un aumento en el valor de su pensión de entre un 3,1% y 9,7%. Esto se debe a esas personas mantienen sus saldos de ahorro previsional en los fondos C y D, los cuales al obtener una alta rentabilidad en los últimos 12 meses de 17,8% real y 11,5% real, respectivamente, compensaron el efecto del reajuste de la TITRP.
Respecto de quienes están pensionados y mantienen sus saldos en el Fondo E, el recálculo implicará una baja en la pensión de hasta un 2,7% para unas 10.600 personas. Esto se debe a que el retorno en los últimos 12 meses del Fondo E (de 5,7% real) fue el más bajo de los multifondos, no pudiendo compensar la baja de la tasa de descuento del retiro programado.
Es importante reforzar que el cálculo de la TITRP se elaboró con datos hasta el 31 de marzo pasado, siguiendo la metodología vigente.
¿Por qué baja la TITRP?
El ajuste de la denominada Tasa de Interés Técnica de Retiro Programado (TITRP) para los recálculos de pensión en el trimestre abril-junio de 2021 se explica por la disminución experimentada en el spread de los bonos corporativos (títulos de deuda de empresas nacionales) que impactan en su cálculo. Esta caída observada en las tasas de interés corporativas en el mercado local tiene como principal fundamento la reacción de los agentes financieros ante la posibilidad de una eventual mejora de la situación económica y sanitaria, debido al proceso de vacunación masivo en el país.
En el cálculo de las pensiones en la modalidad de retiro programado, además de la TITRP se consideran la expectativa de vida del afiliado, la rentabilidad del o los fondos de pensiones en los que mantiene su cuenta y las cargas legales o beneficiarios que registra.
Tasa de Interés Técnica de Retiro Programado
La Tasa de Interés Técnica del Retiro Programado (TITRP) es la tasa de descuento utilizada para el cálculo y recálculo de los retiros programados y las rentas temporales a pagar durante un año, y determina la velocidad a la cual se consume el saldo de las cuentas de los pensionados. Esta tasa se aplica a todos los pensionados, independiente de su edad, sexo, nacionalidad y de la cantidad de recursos con que cuenten en su saldo de ahorro previsional. Su objetivo es reflejar las expectativas de retornos futuros de los fondos de pensiones, debido a que de esta rentabilidad dependerá el saldo que tendrán disponible los pensionados por retiro programado.
La metodología actual para calcular la TITRP corresponde a ponderar 80% una tasa equivalente y un 20% la rentabilidad de los fondos de pensiones C, D y E en los últimos 10 años. Esta metodología se encuentra establecida en un Decreto Supremo conjunto de los ministerios de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda.
La tasa equivalente es aquella derivada de un vector de tasas de interés que resulta de sumar a una estructura temporal de tasas de interés real, denominada “Curva Cero Real”, un exceso de retorno por sobre el retorno libre de riesgo. Para efectos de la rentabilidad, se considera el retorno de los fondos como la tendencia promedio anual de los últimos 10 años. Las ponderaciones para los fondos C, D y E son de un 20%, 60% y 20%, respectivamente.