A través del Ord. N°1427 del 10 de mayo 2021la Dirección del Trabajo indicó que carece de competencia para pronunciarse de incluir a los dirigentes de las organizaciones sindicales constituidas en las empresas de rubro esencial en la solicitud de permisos únicos colectivos que estas últimas deben requerir respecto de los trabajadores a que se refiere el Instructivo para Permisos de Desplazamiento, con el objeto de que aquellos puedan cumplir con las funciones propias de su cargo.