![Eliminación de Declaraciones Juradas del S.I.I.](https://recursos.transtecnia.cl/uploads/2024/07/eliminacion-de-declaraciones-juradas-del-s-i-i.png)
Eliminación de Declaraciones Juradas del S.I.I.
En la era digital, el proceso tributario necesita evolucionar hacia métodos más eficientes y justos que no solo simplifiquen el cumplimiento para los contribuyentes,…
Por medio de la Circular N°34 del 4 de agosto de 2022 el Servicio de Impuestos Internos (SII), precisó las modificaciones incorporadas al Código Tributario (artículo 97 N°8 y 9), respecto de las infracciones de ejercicio clandestino del comercio o la industria.
Así el órgano fiscalizador describió en la citada Circular el nuevo tratamiento de dichas infracciones, que se resumen en el siguiente cuadro:
Artículo 97.- Las siguientes infracciones a las disposiciones tributarias serán sancionadas en la forma que a continuación se indica: | |
TEXTO PREVIO A LA MODIFICACIÓN | TEXTO MODIFICADO |
8°.- El comercio ejercido a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos que graven su producción o comercio, con multa del cincuenta por ciento al trescientos por ciento de los impuestos eludidos y con presidio o relegación menores en su grado medio. La reincidencia será sancionada con pena de presidio o relegación menores en su grado máximo. | 8°.- El comercio ejercido a sabiendas sobre mercaderías, valores o especies de cualquiera naturaleza sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos que graven su producción o comercio, con multa del cincuenta por ciento al cuatrocientos por ciento de los impuestos eludidos y con presidio o relegación menores en cualquiera de sus grados. La reincidencia será sancionada con pena de presidio o relegación menores en su grado máximo. Para la determinación de la pena aplicable el tribunal tendrá especialmente en cuenta el valor de las especies comerciadas o elaboradas. |
Artículo 97.- Las siguientes infracciones a las disposiciones tributarias serán sancionadas en la forma que a continuación se indica: | |
TEXTO PREVIO A LA MODIFICACIÓN | TEXTO MODIFICADO |
9º.- El ejercicio efectivamente clandestino del comercio o de la industria con multa del treinta por ciento de una unidad tributaria anual a cinco unidades tributarias anuales y con presidio o relegación menores en su grado medio y, además, con el comiso de los productos e instalaciones de fabricación y envases respectivos. | 9°.- El ejercicio efectivamente clandestino del comercio o de la industria con multa de una unidad tributaria anual a diez unidades tributarias anuales y presidio o relegación menores en cualquiera de sus grados y, además, con el comiso de los productos en instalaciones de fabricación y envases respectivos. La reincidencia será sancionada con pena de presidio o relegación menores en sus grados medio a máximo. Para la determinación de la pena aplicable el tribunal tendrá especialmente en cuenta el valor de las especies comerciadas o elaboradas. |
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación
En la era digital, el proceso tributario necesita evolucionar hacia métodos más eficientes y justos que no solo simplifiquen el cumplimiento para los contribuyentes,…
En el complejo panorama tributario actual, las declaraciones juradas se presentan como pilares fundamentales para garantizar la transparencia y veracidad…
La contabilidad, una de las disciplinas más tradicionales, está a un paso de transformarse radicalmente. En tiempos de cambio, incertidumbre y transformación digital, las empresas ya…
En el entramado de la sociedad moderna, dos lenguajes universales emergen como pilares del progreso: la tecnología y la contabilidad. La tecnología, representada por el…
En la penumbra de una mañana que prometía ser como cualquier otra, un estruendo mortal rompió el silencio: un choque de trenes en una prueba de modernos vagones, que representaba…
Últimos comentarios
Hola, gracias por mostrar interés en formar parte de esta comunidad, en relación a tu pregunta te recomendamos que hagas…
Hola, gracias por mostrar interés en formar parte de esta comunidad, en relación a tu pregunta te recomendamos que hagas…
Hola, gracias por mostrar interés en formar parte de esta comunidad, en relación a tu pregunta te recomendamos que hagas…
Hola, gracias por mostrar interés en formar parte de esta comunidad, en relación a tu pregunta te recomendamos que hagas…
Hola, gracias por mostrar interés en formar parte de esta comunidad, en relación a tu pregunta te recomendamos que hagas…