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En virtud de su mandato legal de velar por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, y con el objetivo de modernizar la regulación y facilitar desarrollos e innovaciones en los medios de pago de bajo valor, el Banco Central de Chile (BCCh) publica una nueva regulación que autoriza la creación y reglamenta el funcionamiento de Cámaras de Compensación para Pagos de Bajo Valor (CPBV).
Esta iniciativa forma parte del plan estratégico 2018-2022 del BCCh y es un elemento estructural de su agenda de medios de pago de bajo valor, la que se publicó en septiembre de 2021.
Este nuevo marco de regulación está desarrollado con el objetivo de adaptarse a distintos modelos de funcionamiento de manera flexible, permitiendo la innovación, y al mismo tiempo, avanzando en una mayor convergencia hacia la implementación de estándares internacionales de gestión de riesgos. Para estos efectos, el diseño de la regulación considera un desarrollo incremental, de manera que a través del tiempo se configuren requerimientos proporcionales para actores y modelos de funcionamiento diversos.
Los pagos de bajo valor tienen un desarrollo muy dinámico en el mundo, y en Chile no es la excepción. Este nuevo enfoque normativo es muy importante para abordarlos, en un marco consistente con los objetivos institucionales del BCCh.
Esta propuesta estuvo en consulta entre los días 4 de marzo y 7 de mayo de 2021, proceso en el que se recibieron más de 150 comentarios de 13 entidades interesadas. En lo esencial, estos se relacionaron con: el diseño del sistema de CPBV; materias relacionadas a la competencia; requerimientos prudenciales para los administradores de las CPBV; y la posibilidad de que Sociedades de Apoyo al Giro existentes puedan administrar también este tipo de cámaras.
El desarrollo de esta nueva regulación se benefició, además de los comentarios recibidos en la consulta, de reuniones con diversos actores del sector privado y de la coordinación con los equipos técnicos de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), entidad que entregó su informe previo para la publicación de la norma definitiva, como lo requiere el marco legal.
Los principales aspectos de este nuevo marco normativo fueron presentados en marzo de 2021 con ocasión de la publicación en consulta de la misma. Dado que no existen cambios sustantivos en su versión definitiva, junto con esta nota de prensa se publica una minuta explicativa con los principales comentarios recibidos del público.
Los pagos de bajo valor son esencialmente los que las personas realizan de manera cotidiana, utilizando para ello diferentes medios o instrumentos, como tarjetas o transferencias electrónicas de fondos, además del efectivo. Los avances tecnológicos han permitido una paulatina sustitución del efectivo por medios de pago electrónicos, pero hasta ahora los procesos de compensación y liquidación de estos pagos se efectúa fuera del perímetro regulatorio, situación que se modificará con este nuevo marco normativo.
Las transacciones cuya compensación sea canalizada a través de las CPBV serán firmes en términos jurídicos, es decir, irrevocables y vinculantes para los participantes. Esto, junto con los mecanismos de mitigación de riesgos que deberán contemplar las Cámaras, contribuirá a aumentar la seguridad de los pagos minoristas en el país.
Además, el desarrollo de las CPBV es una condición necesaria para una ampliación de los pagos instantáneos, estándar internacional con el que se busca cumplir en distintas jurisdicciones. Aun cuando en Chile las transferencias electrónicas de fondos son instantáneas para los usuarios, existe espacio de mejora, puesto que no todos los pagos tienen dicho estándar, y la liquidación entre las instituciones financieras se realiza de manera diferida.
Para fomentar la interoperabilidad entre los distintos medios de pago, esta normativa establece que las Cámaras deberán crear reglas de acceso que sean objetivas, transparentes y no discriminatorias. Esto debiera promover y facilitar que las personas puedan utilizar los medios y plataformas de pago que prefieran, independientemente del vínculo contractual que pudiera existir entre las instituciones financieras y los clientes que realizan y/o reciben tales pagos.
Cabe destacar también que el nuevo marco normativo busca que innovaciones en los medios de pago puedan tener cabida en la regulación, al contemplar la existencia de proyectos experimentales desarrollados por entidades fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), los que estarán exentos de algunos de los requisitos prudenciales y se beneficiarán de un proceso de autorización más expedito, de manera que puedan entrar con mayor rapidez al mercado.
Por último, esta nueva normativa considera de manera explícita su revisión en el futuro, a la luz de los resultados que se obtengan en una primera etapa, lo que también constituye una innovación respecto de otros cuerpos normativos.
Fuente: Banco Central
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

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