
Las preguntas que ningún empresario le hace a su contador
Antes de decidir, pregunte cómo se construyeron sus números; hay preguntas que parecen simples, pero que pueden cambiar completamente la forma de administrar una empresa y el…
A través del Oficio N°1424 del 28 de abril de 2022 el Servicio de Impuestos Internos (SII) precisó la situación tributaria de una sociedad por acciones (SPA) y los servicios profesionales.
El pronunciamiento se dio a partir de una presentación de un contribuyente SPA que presta servicios profesionales, además de importar y vender bienes al retail, operación afecta a IVA, por la que emite la documentación correspondiente.
Indicó el SII que teniendo presente las modificaciones de la Ley N° 21.420, según las cuales quedarán exentas de IVA las sociedades de profesionales, consulta si las asesorías que presta por intermedio de la SPA seguirán estando exentas o deberá separar su empresa formando una nueva sociedad. Asimismo, solicita la revisión de las asesorías que realiza, por un eventual error en su calificación como empresa financiera y corredora de seguros.
Al respecto, se informa que el N° 2°) del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) define “servicio” como la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los números 3 y 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
El referido N° 2°) fue modificado por la Ley N° 21.420, eliminando2, a partir del 1° de enero de 20233, la exigencia que los servicios provengan del ejercicio de las actividades comprendidas a los números 3 y 4 del artículo 20 de la LIR.
Asimismo, modificó la exención contenida en el N° 8) de la letra E del artículo 12 de la LIVS, agregando los ingresos de las sociedades de profesionales referidas en el N° 2 del artículo 42 de la LIR, aun cuando hayan optado por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría.
Por su parte, el inciso tercero del N° 2 del artículo 42 de la LIR dispone que las sociedades de profesionales que presten exclusivamente servicios o asesorías profesionales podrán optar por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría, sujetándose a sus disposiciones para todos los efectos de dicha ley.
Agregó el Oficio que atendido que la peticionaria se dedicaría a las actividades comerciales como a la prestación de servicios profesionales y asesorías, no cumple con el requisito de prestar exclusivamente servicios profesionales, por lo que no califica como una sociedad de profesionales para efectos de la exención de IVA.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

Antes de decidir, pregunte cómo se construyeron sus números; hay preguntas que parecen simples, pero que pueden cambiar completamente la forma de administrar una empresa y el…

Durante años, muchos empresarios han administrado sus empresas con una peligrosa tranquilidad: “Eso lo ve el contador.”, pero detrás de esa frase se esconde una realidad incómoda…

En este destacado de Vitrina Empresarial, Jorge Valenzuela, socio fundador de Transtecnia, explica por qué el verdadero desafío de la transformación digital no está en la…

¿Estamos formando profesionales para el mundo que viene o para el mundo que se fue? Durante décadas, la formación profesional en administración, contabilidad, finanzas y gestión empresarial fue…

El problema de la era digital no es usar datos para decidir. Al contrario, las empresas necesitan más datos, mejores datos y mayor capacidad de análisis. El verdadero problema aparece cuando dejamos de preguntar algo esencial: ¿quién definió el criterio con que…
Últimos comentarios
Qué verdad mejor explicada; ojalá puedan leer el artículo muchos empresarios pymes, así entenderían mejor su empresa.
Con que claridad esta expuesta la problematica que se presenta al dejarle toda definicion del negocio a una entidad que…
Excelente información, en forma y orden.
Como siempre, muy buen punto de vista respecto de las condiciones (la estructura) que se deben dar para que las…
Gracias
1 comment on “El alcance la exención de IVA de las sociedades de profesionales”
Estimados, mucho agradeceria saber si una spa que es CLINICAVETERIANARIA, actualmente,esta exento de iva por los servicios ambulatorios, consultas medicas a los animales y afecto por la parte venta de accesorios ,alimentos
farmacia, como quedara el año 2023, agradecida de antemano