
Los datos de sus trabajadores tienen una nueva autoridad
Durante años, muchas empresas consideraron que la protección de los datos personales era una materia secundaria, reservada para abogados, grandes corporaciones o compañías tecnológicas….
El Servicio de Impuestos Internos (SII) por medio del Oficio N°600 del 28 de febrero de 2022 se pronunció respecto del tratamiento tributario de la deducción de gastos por pago de honorarios a director no residente ni domiciliado en Chile.
Así señaló que en relación con el impuesto adicional aplicable para el caso de servicios prestados como director a una sociedad anónima, mediante el oficio citado en su presentación, este Servicio precisó que la persona natural, sin domicilio ni residencia en Chile, deberá declarar estas rentas en conformidad con el artículo 60, 65 y 75 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), sin perjuicio de la declaración, retención y pago del impuesto que deba realizar la sociedad anónima en virtud del artículo 74, N° 4, de la LIR.
Finalmente, conforme al inciso segundo del artículo 31 de la LIR2 los gastos incurridos por los servicios prestados por el director se acreditarán con los correspondientes documentos emitidos en el exterior, de conformidad a las disposiciones legales del país respectivo, y siempre que conste en ellos, a lo menos, la individualización y domicilio del prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación y la fecha y monto de la misma. No obstante, ante la inexistencia del documento de respaldo, la Dirección Regional respectiva podrá igualmente aceptar el gasto si, a su juicio, dichos desembolsos son razonables y necesarios para la operación o actividad del contribuyente, atendiendo a los criterios que la misma norma establece.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

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Últimos comentarios
Es un muy buen análisis de la realidad de nuestro país, lamentablemente pareciera que esto no esta siendo entendido por…
Gracias por el comentario, es una gran verdad que nos debe hacer estar atentos y meditar en la ética profesional…
Plenamente de acuerdo con lo que asevera respecto de la Contabilidad y "cocina tributaria"
Jajaja, Roberto, gracias por el comentario. Te puedo asegurar que sí es mío. Esa es justamente mi esencia. Me alegra…
Dudo que el artículo sea de mi estimado Jorge Valenzuela. Saludos