Bitácora Laboral

09.04.2022

No existe inconveniente de desafiliación de Caja de Compensación por votación electrónica

Por medio del Ord. N°515 del 31 de marzo de 2022 la Dirección del Trabajo indicó que no existe inconveniente jurídico para que el personal que se desempeña en la empresa -frente al impedimento de celebrar una asamblea- manifieste su consentimiento en el sentido de desafiliarse de una Caja de Compensación de Asignación familiar y de afiliarse a otra de dichas Entidades, mediante el sistema de votación electrónica propuesto, en la medida que este cumpla con las condiciones señaladas en el Dictamen N°4969/79 de 05.10.2016.

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

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