
Los datos de sus trabajadores tienen una nueva autoridad
Durante años, muchas empresas consideraron que la protección de los datos personales era una materia secundaria, reservada para abogados, grandes corporaciones o compañías tecnológicas….
A partir del 1 de enero de 2023 los a contar del 1° de enero de 2023, en la medida que la actividad desarrollada consista únicamente en servicios, prestaciones y procedimientos de salud ambulatorios, en este caso, servicios odontológicos y que aquéllos se encuentren comprendidos en la nómina antes referida, dichos servicios se encontrarán exentos de IVA.
Así lo señaló el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el Oficio N°2411 del 11 de agosto de 2022.
El órgano fiscalizador precisó que se ha precisado en sus recientes pronunciamientos oficiales que, sin importar quién sea el prestador de los servicios médicos, éstos se favorecerán con la exención si son prestados en forma ambulatoria; es decir, cuando éstos no requieren para su prestación de atención médica o de enfermería continua, que haga necesario mantener al paciente hospitalizado.
Asimismo, indicó que deben entenderse como “servicios, prestaciones y procedimientos de salud” aquellos comprendidos en la nómina de aranceles modalidad de atención institucional publicada en el sitio web del Fondo Nacional de Salud.
De esta forma, a contar del 1° de enero de 2023, en la medida que la actividad desarrollada consista únicamente en servicios, prestaciones y procedimientos de salud ambulatorios, en este caso, servicios odontológicos y que aquéllos se encuentren comprendidos en la nómina antes referida, dichos servicios se encontrarán exentos de IVA.
Finalmente indica que, con todo, esta exención no alcanza a los servicios prestados por el consultante que sean propios de laboratorios.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

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Últimos comentarios
Es un muy buen análisis de la realidad de nuestro país, lamentablemente pareciera que esto no esta siendo entendido por…
Gracias por el comentario, es una gran verdad que nos debe hacer estar atentos y meditar en la ética profesional…
Plenamente de acuerdo con lo que asevera respecto de la Contabilidad y "cocina tributaria"
Jajaja, Roberto, gracias por el comentario. Te puedo asegurar que sí es mío. Esa es justamente mi esencia. Me alegra…
Dudo que el artículo sea de mi estimado Jorge Valenzuela. Saludos
1 comment on “Quedarán exentas las clínicas dentales respecto servicios ambulatorios de salud a partir de 1 de enero de 2023”
Hola, ninguna persona me ha aclarado aún si debo incluir el IVA en mi empresa, centro médico y dental ambulatorio integrado por una SPA de 2 socios que no somos del área de la salud.