A través de la Resolución Ex. N° 74 del 9 de junio de 2022 el Servicio de Impuestos Internos (SII), eliminó la obligación de enviar el resumen de ventas diarias.
Cabe señalar que, mediante Resolución Ex. SII N° 74 de 2020 este Servicio actualizó el procedimiento de emisión de boletas electrónicas y/o boletas no afectas o exentas electrónicas, estableciéndose el envío al SII en formato digital de todas las boletas electrónicas emitidas y generadas por los contribuyentes en la forma y plazos definidos en dicha normativa, en complemento a la obligación que ya imperaba sobre el envío del Resumen de Ventas Diarias (ex Reporte de Consumo de Folios).
Por medio de la Resolución en análisis se eliminó el N°2 de la Letra E del Resolutivo primero de la Resolución Ex. SII N°74 de 2020, que instruye sobre la obligación de generar y enviar diariamente al SII el archivo “Resumen de Ventas Diarias”, pasando el N°3 a ser el N°2 y así sucesivamente, eliminándose de esta forma la obligación de generar y enviar este archivo al SII para todos los contribuyentes emisores de boletas electrónicas.
Asimismo, se reemplazó la letra I del Resolutivo primero de la Resolución Ex. SII N°74 de 2020, que instruye sobre el “Resumen de Ventas Diarias”, por lo siguiente: “ I.- Del Registro de Compras y Ventas. La información contenida en las boletas electrónicas recibidas en SII será registrada por este Servicio de forma automática en el “Registro de Compras y Ventas” del contribuyente, específicamente en el Registro de Ventas de este, siendo actualizada de forma diaria”.
La resolución indicó que las modificaciones regirán desde el 1 de agosto de 2022.