Bitácora Técnica

12.02.2022

Tributación de enajenación de derechos de agua

El Servicio de Impuestos Internos (SII) por medio del Oficio N°64 del 6 de enero de 2022 se pronunció sobre la enajenación de derechos de agua.

Indicó el Oficio que el mayor valor obtenido en la enajenación de derechos de agua, por regla general, se clasifica en el N° 5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), tributando con impuesto de primera categoría, en base a la renta percibida o devengada, e impuesto global complementario o impuesto adicional, según corresponda.

Dicho mayor valor se determina deduciendo del precio o valor asignado a los derechos de agua su costo directo, en los términos del artículo 30 de la LIR, reajustado conforme al artículo 41, del mismo cuerpo legal. El costo directo, por su parte, en el caso consultado, corresponderá al valor de adjudicación.

Si el enajenante es una persona natural que no tiene los derechos asignados a su empresa individual, o un contribuyente domiciliado o residente en el extranjero, la tributación de la renta obtenida en la enajenación de derechos de agua se determinará conforme al artículo 17, N° 8, letra c), de la LIR, tributando sobre el mayor valor obtenido en la operación, con impuesto global complementario o impuesto adicional, según corresponda, en base a renta percibida.

En este caso, el mayor valor se determinará disminuyendo del precio o valor obtenido en la enajenación de los derechos de agua, su costo tributario, reajustado de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor entre el mes anterior a la adjudicación, y el mes anterior al de su enajenación.

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

Facebook
Twitter
LinkedIn

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

42 horas hasta 42% DCTO.
únete al boletín informativo Transtecnia
Suscríbete al boletín

de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación

Más artículos

¡Caos en la administración pública y privada!

¡Caos en la administración pública y privada!

La ilusión del control… y la inteligencia artificial como falsa varita mágica frente a la ignorancia. Vivimos una paradoja inquietante: nunca las empresas, instituciones públicas, organizaciones privadas, municipios, servicios, universidades, fundaciones y corporaciones han tenido tantos sistemas, tantos datos, tantos reportes, tantos indicadores y tantas herramientas tecnológicas disponibles y, sin embargo, pocas veces ha sido tan evidente el desorden con que se administran los recursos públicos y privados…

Leer más >>
¿Quién es el responsable? Cuando la confianza no basta en los procesos críticos de tu empresa

¿Quién es el responsable? Cuando la confianza no basta en los procesos críticos de tu empresa

Durante años aceptamos una idea peligrosa: que la contabilidad funcionaba porque confiábamos en el contador, confiábamos en que el mes estaba contabilizado, confiábamos en que los documentos estaban registrados, confiábamos en que las conciliaciones estaban hechas, confiábamos en que los ajustes fueron incorporados, confiábamos en el balance presentado era el correcto, confiábamos en que el proceso estaba cerrado; pero hay una pregunta que rara vez se hace con suficiente fuerza…

Leer más >>

Últimos comentarios

0
    0
    Carro de Compras
    No tienes comprasAgregar servicios
    42 horas hasta 42% DCTO.
    42 horas hasta 42% DCTO.