Por medio del Ord. N°1860-B del 25 de octubre 2022 la Dirección del Trabajo se pronunció acerca del uso de mascarillas en el lugar de trabajo.
Indicó que mediante Ordinario Nº1743 06.10.2022, precisó cuáles son los efectos de las modificaciones en materia de prevención, atendido el escenario epidemiológico actual de la pandemia provocada por la COVID-19 -que permite avanzar al escenario de apertura de la resolución Nº1400 de 29.09.2002 del Ministerio de Salud, que estableció el plan seguimos cuidándonos- en el protocolo de seguridad sanitaria del empleador, contemplado en la Ley Nº21.342 de 2021.
El referido pronunciamiento jurídico destaca que, dentro del nuevo protocolo tipo dispuesto por la referida Superintendencia, mediante la Circular Nº3.697 de 30.09.2022, en relación con las directrices impartidas por la Autoridad Sanitaria, entre otras medidas de prevención de contagio, el empleador deberá mantener mascarillas a disposición de aquellos trabajadores que opten por su utilización.
Ahora bien, en el caso de dudas acerca del uso obligatorio o voluntario de mascarillas en el lugar de trabajo de que se trata, corresponde que siga las recomendaciones impartidas al respecto por el administrador de la Ley Nº16.744.- al que se encuentre afiliado.