
Los que menos aportan son los que más ganan
En Chile vivimos una paradoja indignante: los que menos producen riqueza real son los que más ganan, y lo hacen sin entregar resultados proporcionales a lo que reciben…
Un contribuyente planteó en una consulta al Servicio de Impuestos Internos (SII) que se estipuló por contrato que corresponderá a la arrendataria, habilitar el inmueble como gimnasio (pisos, cielos, puertas, proyecto sanitario, iluminación, aire acondicionado, camarines, duchas, salas grupales, etc.); es decir, desarrollar todo lo necesario para ejercer una actividad comercial, sin lo cual habría sido imposible ejercer la actividad para la cual fue arrendado este inmueble.
En Oficio N° 62 del 6 de enero de 2022, el SII señaló que en lo que atañe a la consulta, esto es si se tributa en el IVA, de acuerdo a la letra g) del artículo 8° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), se grava con dicho tributo el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de, entre otros, inmuebles amoblados o con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial.
Por su parte el nuevo párrafo segundo de la norma aludida precisa que, para calificar que se trata de un inmueble amoblado o un inmueble con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial se deberá tener presente que los bienes muebles o las instalaciones y maquinarias sean suficientes para su uso para habitación u oficina, o para el ejercicio de la actividad industrial o comercial, respectivamente. Para estos efectos, el Servicio, mediante resolución, determinará los criterios generales y situaciones que configurarán este hecho gravado.
Como se puede apreciar, el texto citado incorpora un elemento de “suficiencia” para que el arrendamiento de un inmueble se encuentre afecto a IVA, estableciendo un parámetro mínimo para considerar que los respectivos bienes o instalaciones permiten la realización de las actividades que la norma contempla.
En particular, respecto del arriendo de inmuebles para la práctica de actividades deportivas, la Resolución Ex. N° 53 de 2021 instruye que el arrendamiento se encontrará gravado si el inmueble cuenta con graderías, aposentadurías, cafeterías, boleterías u otros, que conformen instalaciones que permitan el ejercicio de una actividad comercial; o en el evento que las instalaciones sean usadas para fines distintos a los meramente deportivos, tales como celebraciones, eventos u otros similares.
Dado lo expuesto, en cuanto que la arrendataria será la encargada de proveer toda la habilitación del inmueble para su funcionamiento como gimnasio, es posible concluir que una planta libre que no tiene ningún tipo de instalación no califica como inmueble amoblado, ni tampoco que cuenta con instalaciones, en los términos del párrafo segundo de la letra g) del artículo 8° de la LIVS, por lo que su arrendamiento no se encontrará gravado con IVA.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
de contabilidad, temas laborales, educación, tributarios e innovación
En Chile vivimos una paradoja indignante: los que menos producen riqueza real son los que más ganan, y lo hacen sin entregar resultados proporcionales a lo que reciben…
En el mundo empresarial, la contabilidad no es solo un requisito legal: es el sistema nervioso financiero de cualquier negocio. Sin embargo, su verdadero valor como herramienta para tomar…
En el mundo empresarial, la contabilidad no es solo un requisito legal: es el sistema nervioso financiero de cualquier negocio. Sin embargo, su verdadero valor como herramienta para tomar…
La urgencia de un ecosistema integrado para la gestión de personas, contabilidad y remuneraciones
En muchas empresas, el proceso de remuneraciones es uno de los más…
De la firma electrónica al Ecosistema Fintech Contable
El origen: la firma electrónica
La transformación digital de la contabilidad en Chile tuvo un punto de…
Últimos comentarios
Recuerdo que un contralor de una empresa en la que trabajado, después de contarle los problemas, a mi juicio, graves…
Muy acertado el articulo. Hay personas donde yo vivo (comerciantes, agricultores, etc.) que manifiestan que la contabilidad está de más.…
Esto al final generaría más costos a las empresas y la verdad es que para las PYMES ya no es…
Me parece muy bien lo planteado. Sin embargo, es preciso considerar que muchas empresas realizan provisiones por este tipo de…
Sería maravilloso avanzar como país, pero no olvidemos el viejo dicho: “divide y vencerás”. Es urgente que llegue al poder…