Trazabilidad (parte 2)
Es fundamental exigir control y trazabilidad a los organismos y empresas que reciben recursos públicos, con el fin de garantizar una gestión adecuada de los fondos y promover la transparencia. Como hemos comprobado, la existencia de un organismo público como la Contraloría y una Ley de Transparencia no garantizan, por sí solas, la transparencia en la gestión de los recursos públicos.
Entonces, ¿Cómo podemos garantizar la trazabilidad de los recursos públicos asignados a una fundación, empresa u organismo ¿Basta presentar una rendición de cuentas o informe adjuntando boletas y facturas para acreditar correctamente un gasto? Sin lugar a duda, ese mecanismo de control es totalmente insuficiente, ineficiente y arbitrario, especialmente tratándose de recursos destinados a personas vulnerables.
La única herramienta que resuelve esta ineficiencia y descontrol es hacer obligatorio llevar una contabilidad a todas las empresas por los recursos públicos que reciben. La contabilidad permite llevar el registro de todas las operaciones financieras y hechos económicos de un negocio, actividad o proyecto, y permite trazar y controlar “cada peso público recibido” a través del registro de la partida doble por cada registro de movimiento de recursos que se produzca. Los registros de la contabilidad no se pueden alterar, hacer desaparecer, “acomodar” ni modificar, ni siquiera haciendo desaparecer los computadores donde se registran esas operaciones.
Es evidente que existen soluciones para evitar la corrupción con los fondos que asigna el Estado, y su implementación no es compleja. También hay otras medidas y estrategias que se pueden utilizar para garantizar la trazabilidad y el control de los recursos asignados a los organismos o empresas receptoras, tales como la definición de objetivos y metas claras con el propósito social, la utilización de pliegos de cargos y la implementación de sistemas de seguimiento y control de la ejecución de los proyectos, especialmente, tratándose de organizaciones sin fines de lucro (OFSL).
Por lo visto, la renuncia de un Ministro no será suficiente para dar por finalizada la corrupción con los fondos que asigna el Estado.
En el sector privado, cuando una empresa o empresario hace mal uso de sus propios recursos y no destina estos a la generación de utilidades o renta, es sancionado expresamente y no se acepta el gasto, quedando obligado a pagar el impuesto como un “gasto rechazado”. Resulta justo cautelar el pago de impuestos al sector privado, pero ¿por qué en la administración pública no existe una figura similar al “gasto rechazado”? ¿Por qué no se considera a quienes están involucrados en actos de corrupción como no aptos para cargos públicos y no se les obliga por ley a devolver los recursos malversados?
Además, ¿por qué no existe un control efectivo y ético de la eficacia del gasto social en el tiempo? En Chile, cerca del 4% del PIB se destina a programas con calificación deficiente, si 4% del PIB.
Finalmente, ¿realmente le importa al Estado el bienestar de las personas vulnerables o esto sólo es parte de un discurso?.
2 comments on “Segunda parte: ¿Cómo evitar tener gatos cuidando la carnicería?”
Enviar Esto a todos los políticos de este este mal agradecido País.
Encuentro de lo mas acertado los comentarios de parte del Sr Valenzuela. Pues es verdad que al parecer en Chile solo se persigue a quienes quieren trabajar emprender y ser personas que se ajustan a los cánones establecidos por Ley, pues al parecer ahí solamente funcionan los contrales. Será pues se tratan de ingresos y estos son LIMITADOS y APOTADOS por los ciudadanos? Según la forma de pensar de quienes deben contralor, y por otra parte los egresos no son medidos con la misma vara y malversarlos es solo un ERROR?.