El plazo para reclamar el despido injustificado es de 60 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos). Este período…
Bitácora Laboral
05.03.2022
Aclaran regulación de proceso de evaluación de trabajadores en Reglamento interno de Orden Higiene y Seguridad
Por medio del Ord. N°346 del 1 de marzo de 2022 la Dirección del Trabajo señaló que el procedimiento de evaluación aplicable a los trabajadores debe incorporase previamente al reglamento interno de la empresa respectiva, sea por la vía de su anexión, como parte integrante del mismo, o bien, mediante la inclusión de las disposiciones respectivas de dicho cuerpo reglamentario, las que deben respetar la dignidad del trabajador.
Añadió el ente fiscalizador que el Reglamento Interno y sus modificaciones deberán ser puestas en conocimiento de los trabajadores, en la forma prevista por la ley, pudiendo cualquiera de ellos, como también las organizaciones sindicales, impugnar ante la Dirección del Trabajo las disposiciones allí contenidas por considerar que son ilegales, circunstancia que no obsta al ejercicio de la facultad de este Servicio de exigir modificaciones al Reglamento Interno respectivo en caso de existir ilegalidad u omisión de normas obligatorias.
Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia
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